Servidumbre

¿QUE ES LA SERVIDUMBRE?

La servidumbre se presenta como un derecho real, que recae sobre una cosa ajena, y que consiste en la posibilidad de utilizar dicha cosa y de servirse de ella de una manera más o menos plena. La servidumbre es un gravamen impuesto sobre un inmueble en beneficio de otro perteneciente a distinto dueño, se caracteriza por:

- una relación entre dos inmuebles (excepto las servidumbres personales), aquel en cuyo favor está constituida la servidumbre, denominado predio dominante, y aquel otro, que sufre dicho gravamen, denominado predio sirviente.

- razones de utilidad y de necesidad imponen su existencia,

- recaen sobre cosa ajena

- suponen una limitación al derecho de propiedad

- y son inseparables de la finca a que activa o pasivamente pertenece.

CASOS QUE DEFIENDEN NUESTROS ABOGADOS

Nuestros abogados se encargaran de todos los asuntos de los que abarca la materia. Desde la acción confesoria ( la cual pretende establecer el gravamen de la servidumbre) , hasta la acción negatoria ( que pretende eliminar el gravamen de la servidumbre).

FASES DEL PROCEDIMIENTO DE JUDICIAL

1. El profesional encargado del caso realizará las gestiones extrajudiciales que considere oportunas para llegar a un acuerdo con la otra parte. Se requerirá a la parte contraría mediante ( burofax, carta con acuse de recibo etc) para intentar poner fin al conflicto. De esta forma se otorgará un plazo de (5, 7 o 10 días) para que responda a dicho requerimiento.

2. Si el demandado no responde o se opone a esta reclamación, nuestros expertos en la materia iniciaran las correspondientes acciones legales. Se redactará la correspondiente demanda dirigida al Juzgado de primera instancia donde radique la finca objeto del gravamen.

3. Por último el abogado encargado del caso defenderá en el juicio fijado para tal fin los intereses de su cliente.